El Ibérico/Alentejano en una encrucijada de normas

El Ibérico/Alentejano en una encrucijada de normas

En los últimos años han aparecido varias normas que regulan el uso de denominaciones que afectan a los productos procedentes del cerdo ibérico/alentejano. Todas estas normas declaran defender al consumidor del fraude y por el camino a los ganaderos e industriales frente a la competencia desleal, y ayudando a la raza autóctona de que se trata. Aumentando los controles sobre la información, trazabilidad, etiquetado y distribución en el mercado, se pretende ganar credibilidad, y consecuentemente beneficios para toda la cadena.

A ambos lados de la frontera peninsular se ha legislado sobre el asunto, con diferentes instrumentos legales, ámbitos y resultados.

Ibérico

La norma del ibérico en Portugal ha tenido dos fases, una que se corresponde con lo reflejado desde las primeras redacciones de la Norma del Ibérico sobre las producciones de cerdos en Portugal, y otra más reciente, que viene de los acuerdos bilaterales de ambos países y que ha extendido la regulación a los productos frescos o transformados elaborados en Portugal, y que en las últimas redacciones de la Norma ya vienen recogidos en su texto.

La aplicación de la Norma del Ibérico en Portugal ha sido pacífica y tanto las inspectoras como las certificadoras, todas españolas, han realizado su trabajo sobre el terreno con la estrecha colaboración de las asociaciones de productores y los pocos industriales que elaboran ibérico. Contribuyendo a ello el hecho de que en Portugal, las producciones de cerdos ibéricos/alentejanos tradicionalmente han estado centradas en las producciones de bellota y en pureza con estándares de calidad muy altos, y que la industria transformadora portuguesa, salvo nosotros mismos, produce  fundamentalmente embutidos y casi en exclusiva para el mercado portugués.

La aplicación de la norma del ibérico en Portugal ha contribuido a consolidar el sector del ibérico como peninsular.

Alentejano

Coincidiendo en el tiempo con las primeras regulaciones sobre el Ibérico aparecieron en Portugal varias normas que protegían el uso de la palabra Alentejano en diversos productos. La vía utilizada fueron las normativas europeas sobre las IGP y DOP. “Carne de Porco de Raça Alentejana DOP”, “Presuntos y Paletas do Alentejo DOP”, y otras.

Estas normativas, pensando que “el buen paño se vende en el arca” han provocado que las producciones amparadas por dichas denominaciones tengan actualmente una presencia testimonial en el mercado o directamente no existen. En mi opinión, claro ejemplo de normativas bien intencionadas, que bien por una redacción inicial no equilibrada, bien por su implantación o  falta de seguimiento por los sectores afectados, provocan el efecto contrario al pretendido.

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Porco Preto

Como consecuencia de la falta de éxito de las protecciones sobre la denominación Alentejo, y ante la proliferación y uso extendido de las palabras “Porco Preto” (Cerdo Negro) en el mercado portugués ha surgido la necesidad de regular la utilización de “Porco Preto”. Además se ha aprovechado el viaje para marcar diferencia entre el intensivo y el extensivo.

Recientemente, se ha promulgado un decreto ley y en próximas fechas, el sector está elaborando, junto con la administración, un reglamento que clarifique situaciones y ayude a su implantación.
Ratificando el carácter peninsular del mercado esta norma está coordinada con la Norma del Ibérico. Otro punto a favor de crear una norma común de ámbito europeo para la defensa en el mundo de las denominaciones de productos.

IGP Ibérico

Todas las anteriores regulaciones están publicadas, en vigor, algunas con varios años de implementación, pero que solo afectan a los mercados nacionales o a lo más peninsulares, pero la protección de los nombres y de las calidades en los mercados internacionales tiene que ser un objetivo a alcanzar por el sector a ambos lados de la frontera. Un crecimiento global con sostenibilidad exige de un reconocimiento internacional de los nombres que defienda a todo el sector frente a imitaciones y fraudes. Se supone que todas las anteriores ya lo hacen para los mercados internos.

Normas aprobadas y en funcionamiento desde hace más de diez años, recién aprobadas, o incluso pendiente de diseñar. Por el bien del sector, que se cumplan! Y casi tan importante como todo lo anterior, y que tiene que ver con lo del arca y el paño anteriormente referido, lo que no se conoce no existe!

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